Pensando el futuro regional desde el disenso. Las ideas expresadas son exclusiva responsabilidad de los autores. De ninguna manera reflejan una opinión grupal, colectiva ni tampoco del administrador del Grupo.
jueves, 29 de marzo de 2012
No se necesita autorización para importar petróleo
Dr. Julio Moreno, 29 de mar 2012, para El Tribuno
Recientemente el Gobierno nacional, a través de su representante en el directorio de la empresa YPF se opuso a la aprobación de la memoria y estados contables del ejercicio 2011 por considerarlo que “no reflejan ni exponen adecuadamente la situación económica financiera de la empresa”. Además, solicitó la constitución de una reserva voluntaria para “inversiones, exploración y explotación de hidrocarburos en el país”, integrada por los dividendos aún no distribuidos de los años 2010 y 2011.
Después de varias reuniones no muy tranquilas, el directorio de YPF propuso que de los $ 6.353 millones que posee como “Resultados no Asignados” ($5.296 millones de 2011 y $1.057 millones que quedaron del 2010), capitalizar $5.789 millones (el 91,1% del total) y el resto destinarlo a cumplir con una restricción a la distribución de utilidades dispuesta por la Comisión Nacional de Valores (CNV) y al aumento de una Reserva Legal por la capitalización de estas ganancias.
Esta propuesta evita que estas utilidades sean giradas al exterior y será votada en la próxima Asamblea de Accionistas que se reunirá el 25 de abril de este año, descontando su aprobación.
Repsol (empresa española) y la Familia Esquenazi (argentina), accionistas mayoritarios de YPF, en un reciente comunicado expresaron que: “la elevada capitalización que se propone es una muestra rotunda del firme compromiso de los accionistas hacia la sociedad y sus actividades, y es una clara muestra de su alta sensibilidad ante la situación actual, las necesidades de inversión y los compromisos de la compañía”. Además, en el texto aclaran que “el directorio no genera giro de divisas al exterior ni demanda la compra de dólares en el mercado local”.
La empresa informó también que el nivel de inversiones previsto para este año se ubicará entre 14.000 y 15.000 millones de pesos, cifra superior a los 13.000 millones invertidos durante el 2011.
El Gobierno cuestiona esta decisión argumentando que falta determinar el destino de esas utilidades y reclama un claro, taxativo y preciso plan de inversión para revertir la actual situación y constituir una reserva destinada a realizar esas inversiones.
La situación actual
La realidad es que Argentina perdió el autoabastecimiento de petróleo y gas, del cual depende el 90% de nuestra matriz energética. Esto fue consecuencia de malas políticas petroleras que priorizaron las importaciones de energía, en perjuicio de la industria nacional.
En esta última década las importaciones de energía pasaron de menos de US$ 500 millones a cerca de
US$10.000 millones anuales, consecuencia de haber generado el Gobierno una clara política discrecional de subsidios para mantener congeladas las tarifa de los consumidores, especialmente los que residen en la Capital Federal y la Provincia de Buenos Aires. Esto trajo como resultado un proceso de desinversión en las empresas concesionarias de la exploración y explotación de petróleo, que estaban más preocupadas por los subsidios que recibían que por las inversiones a realizar.
Porqué Repsol YPF
Actualmente YPF genera el 30% de la producción de petróleo y gas en Argentina. Esa cifra es significativa, pero no es determinante para lograr el autoabastecimiento de petróleo que necesitamos.
Desde el Poder Ejecutivo Nacional llegan mensajes no muy precisos y hasta contradictorios sobre la probable nacionalización de esta empresa. Esto genera un clima de incertidumbre, a tal punto que el diario El País de España, en una nota editorial, cuestiona duramente la política energética del Gobierno nacional, expresando que se busca “un chivo expiatorio” para disimular la necesidad de importar combustibles. Resaltó además que los avances sobre Repsol YPF muestran “una arbitrariedad incompatible con la seguridad jurídica”.
También cuestiona y aclara que el “Gobierno de Cristina Kirchner retira arbitrariamente permisos de exploración petrolera a Repsol”, remarcando que lo hace “sin que medien razones ni explicaciones técnicas o de gestión”.
Otros sectores cuestionan la forma en que fue adquirida casi un 25% de las acciones de YPF por capitales privados argentinos en el 2007. Argumentan que las pagaron con las propias utilidades que generó esta participación. A esta operación se la conoce con el nombre de “argentinización de YPF”. Reflexionando: si le hubiera interesado nacionalizar parcial o totalmente esta empresa, podría haberse quedado en ese momento el Gobierno con las acciones en vez de favorecer a empresarios privados que fueron autorizados a realizar esta operación.
Con el ingreso de un nuevo accionista en las condiciones explicadas en el párrafo anterior, también se le permitió a los otros socios retirar cantidades de dinero mayores a las ganancias reales obtenidas (retiros extraordinarios de utilidades). Estas medidas tomadas y aprobadas por el Gobierno significó que a Repsol YPF no le quedara dinero para invertir, culpándolos de producir un vaciamiento.
La senadora María Eugenia Estenssoro opinó sobre este tema declarando entre otras cosas que “si bien la producción de YPF es la que más ha caído, en realidad esta es una tendencia de todas las empresas del país. Entonces, centralizarse en YPF es como buscar un chivo expiatorio, cuando en realidad el problema está en todo el sector, por una política equivocada”.
YPF y las provincias
Ante la imperiosa necesidad de autoabastecerse, las provincias productoras de petróleo han quitado a YPF la explotación de algunos pozos y también iniciaron un proceso de licitación para la exploración y explotación de otros con el compromiso de incrementar la producción un 15%, esperando que sea una pronta realidad.
Tanto lo ocurrido con el mantenimiento de los ferrocarriles privatizados y ahora que tenemos serios problemas con el abastecimiento de petróleo y sus derivados, tenemos que reconocer los errores de la política aplicada que si bien fue un beneficio en el corto plazo que directa o indirectamente lo disfrutamos, el mediano y largo plazo nos está pasando factura.
lunes, 19 de marzo de 2012
¿Qué es la bolivianita?
Dr. Ricardo Alonso, 19/mar/2012 para El tribuno
La bolivianita es el nombre de una gema de Bolivia cuya peculiaridad es ser única en el mundo. Se trata de un tipo particular de cuarzo bicolor, trasparente, en que se combinan el morado de la amatista y el amarillo del citrino. De allí también que se la haya bautizado ametrino. El abrazo interno del violeta y el color miel dan una rara gema que una vez lapidada alcanza una belleza armoniosa. La piedra proviene de una región selvática de la Chiquitanía, cerca de la frontera con Brasil. Fue descubierta por los indígenas que se la hicieron conocer a los conquistadores en el siglo XVII. La bolivianita ha crecido en oquedades de una roca calcárea silicificada, atravesada por diques de cuarzo y de unos mil millones de años de antigüedad. Dentro de las oquedades se desarrollaron cristales de cuarzo límpidos y transparentes que alcanzan grandes tamaños y distintos colores.
¿Qué es el cuarzo?
Ahora bien ¿qué es el cuarzo? Desde el punto de vista químico es, simplemente, el óxido de silicio. Dado que el oxígeno y el silicio son dos de los elementos químicos más comunes en la naturaleza, el cuarzo también lo es. Así lo encontramos formando parte de las arenas, de las areniscas, de las vetas y filones, de las areniscas de cuarzo o cuarcitas, en la composición de los granitos, junto a los feldespatos y las micas, y en una infinidad de tipos de rocas.
Normalmente el cuarzo que encontramos como rodados en la mayoría de los ríos de montaña es el llamado cuarzo lechoso, el cual proviene de vetas o filones que atraviesan rocas más antiguas.
Muchas veces viene acompañado de oro nativo o de minerales como la pirita, la que al oxidarse y desaparecer deja los huecos que dan un aspecto de piedra careada. Ese cuarzo lechoso blanquecino es el que usan los chicos para golpearlos en la oscuridad y observar cómo produce chispas gracias a un curioso efecto físico conocido como piezoelectricidad.
Otras propiedades del cuarzo son su dureza de siete en una escala de diez, su peso específico de 2,65 y que puede ser atacado por el ácido fluorhídrico. A veces el cuarzo se encuentra completamente limpio y transparente, dando lugar al cristal de roca.
Desde la antigüedad
Precisamente Aristóteles en la antigua Grecia sospechaba que ese cuarzo cristalino no era otra cosa que hielo petrificado y le dio el nombre de cristal, que proviene de “krios” que significa hielo.
Con cristal de roca se fabricaron las bolas de los médiums en la creencia de que ellas representan un nivel intermedio entre lo visible y lo invisible.
También se usa en colgantes que puso de moda la “new age” como portadores de energías sanadoras.
Los aborígenes australianos y los indígenas de las planicies de América del Norte los utilizaron como talismanes. Existe además una gran variedad de tipos de cuarzo de acuerdo con sus coloraciones, entre ellas el cuarzo rosado, el cuarzo ahumado, el cuarzo rojo (“Jacinto de Compostela”), el cuarzo “Cabello de Venus”, llamado así por los miles de cristales de rutilo que, como cabellos dorados, atraviesan la masa del cristal dando un hermoso efecto, entre otros. Algunas de estas variedades se han encontrado asociadas con la bolivianita y han recibido nombres específicos, como luego se verá.
De todos modos es la combinación de amatista y el citrino la que se reconoce como auténticas bolivianitas. La amatista tiene una coloración que va desde el violeta claro hasta el púrpura profundo.
En la antigüedad se pensaba que era capaz de prevenir la embriaguez y precisamente “amethystos”, en griego, quiere decir que no embriaga. Las copas de amatista se usaban en ese sentido. También como piedra obispal en los anillos de la jerarquía de la Iglesia católica. Aarón, el sumo sacerdote hebreo, llevaba una gran amatista en su coraza.
En nuestro país son famosas las amatistas de la mina de Wanda en Misiones, donde se presenta tapizando cavidades dentro de los basaltos, a las cuales se llama geodas. Similares ocurrencias son comunes en Brasil y Uruguay.
Algunas particularidades
Cuando se la calienta a alta temperatura puede perder el color violeta y tornarse amarillenta. El citrino o citrina es la variedad de cuarzo color amarillo, fácilmente confundida con el topacio, aunque este último tiene mayor dureza. Varía desde un amarillo oro hasta un pardo dorado. Su parecido con el topacio hace que se lo trate de vender como tal inflando el precio.
Cuando se los calienta, la amatista o al cuarzo ahumado tienden a volverse amarillentos y confundirse con el citrino y dado que este es más escaso se busca aprovechar ello como una ventaja comercial. Además de la amatista y el citrino ya mencionados, o la mezcla de ambos -que da lugar a la bolivianita o ametrino-, se han encontrado otras variedades como la “ayoreita”, que toma el nombre de la tribu de los Ayoreos -que habitaron esa región- y que combina el cristal de roca tipo hielo con el violeta de la amatista, dando un brillo fuerte y matices lilas; la “anahita”, en homenaje a una princesa ayorea con tonos lila pastel; y la “milenium”, una mezcla de cuarzo ahumado y cristalino blanco en rayas de notable precisión geométrica. La mina principal es un socavón que penetra en medio de la selva enmarañada y lleva el nombre de Anahí, por la princesa ayorea que, según la leyenda, se enamoró de un conquistador español que se la quiso llevar con él. Su pueblo, para no perderla, decidió matarla y al abrir su mano encontraron una bella gema bicolor que representaba el corazón de Anahí, dividido en el amor por su pueblo y por su amado esposo.
A pesar de ser conocida desde hace varios siglos, recién en la última década ha tomado impulso la comercialización de estas piedras y hoy representan las gemas bolivianas mejor cotizadas internacionalmente. Los cristales se cortan en Hong Kong con instrumentos de última generación que permiten lograr óptimas condiciones ópticas y luego se engarzan en Tailandia, en joyas de exclusivo diseño italiano. No es raro que entre las usuarias de estas joyas se encuentren la reina Sofía de España, la princesa Michiko de Japón y nuestra presidenta Cristina Fernández de Kirchner, a quien se la obsequió el presidente Evo Morales.
El cinturón y el casco, herramientas necesarias de la seguridad vial
Dr. Armando Frezze, 19/mar/2012, para el tribuno de Salta
A comienzos de este mes El Tribuno publicó un informe que aportaba novedosos datos con relación al uso del cinturón de seguridad en el interior de la provincia: con excepción de la ciudad de Orán, en el resto de los distritos casi no se les exige a los conductores el uso correcto de ese elemento, en ocasiones sólo se invita a abrochárselo y como correlato, el número de multas por esa falta es notoriamente bajo.
El comportamiento descripto tiene sus semejanzas con lo que en la ciudad de Salta ocurre respecto de taxis y remises: podría afirmarse sin temor a errar que en promedio ocho de cada diez vehículos que prestan esos servicios tienen los cinturones de seguridad inoperativos, al menos los del asiento trasero.
En los casos, pocos, que el usuario reclama al conductor por esa circunstancia, este responde en clave argentina: en lugar de aceptar su descuido con honestidad y franqueza dice que la culpa es de otro. La versión más conocida afirma que los responsables son los empleados de los lavaderos, porque colocan los cabezales de los cinturones en la hendidura que separa el asiento del respaldo, lugar desde el cual a los pasajeros les resulta complicado sino imposible, al menos harto dificultoso encontrarlos. Esa lógica les permite, sin sentir culpas, ofrecer un servicio de transporte por una tarifa que garantiza al pasajero tanto el llevarlo a destino como el hacerlo con la mayor seguridad posible, pero excluyendo del concepto “seguridad” a los cinturones, que están presentes pero no disponibles.
La responsabilidad, en todo caso, es de los lavaderos de autos que escamotean esos elementos.
Pero los empleados de lavaderos no figuran con responsabilidades compartidas con los propietarios y los conductores de autos de alquiler en ninguna norma, los obligados a cumplirlas son estos últimos, cuando de seguridad vial se trata.
En todo caso, si alguna obligación compartida hubiera, lo será con aquellos funcionarios policiales y municipales cuyo deber es controlar el cumplimiento esas normas y sancionar su incumplimiento; y en las raras veces -cierto pudor impide escribir “nunca”- que detienen la marcha de un automóvil de alquiler con pasajeros para comprobar la existencia de elementos de seguridad que están obligatoriamente requeridos.
Pero la experiencia indica que detenerlos para esa verificación necesaria, en la mayoría de los casos no provocará el agradecimiento del pasajero sino que desatará su mal humor y hasta su ira, la que justificará con una catarata de razones comenzando seguramente con la que señala el perjuicio que le está provocando la demora, aunque muchos carezcan de apuro alguno.
Sin embargo el riesgo de no usar el cinturón de seguridad es real y es grave, pese a cierto mito urbano acerca de su inutilidad, cuando se circula a baja velocidad.
Para graficar cabalmente esa gravedad basta imaginar a ese pasajero renegón antes mencionado, parado en el borde de un natatorio público en la parte menos honda, donde la altura no excede el metro, tomando impulso con un par de zancadas y arrojándose con los brazos extendidos de cabeza a su interior.
Arrojándose como usualmente lo hace, sí, pero tirándose a una pileta vacía, sin agua ¿alguien dudaría que el golpe producido por la caída desde esa mínima altura y a velocidad casi nula, provocará lesiones que pueden, según el modo en que golpeen cabeza y cuerpo contra el fondo de cemento, llegar a ser muy graves?
No es muy diferente la altura desde donde caen motociclistas y ciclistas en ciertos accidentes viales, que les producen aciagas consecuencias en muchas ocasiones.
Es por eso que se exige uso de casco, es por eso que se exige el cinturón de seguridad.
Un choque a baja velocidad puede causar la apertura de una puerta y arrojar a su ocupante al pavimento, con similares resultados al de zambullirse en una pileta sin agua.
La ciudad de Salta tiene demasiadas esquinas que pueden contar historias suficientemente dolorosas, tanto como para motivar a taxistas, remiseros, funcionarios y pasajeros a sentirse integrantes de una sociedad más comprometida y preocupada por la seguridad de todos y cada uno de sus integrantes. Y actuar en consecuencia.
jueves, 15 de marzo de 2012
Luces amarillas ante el posible tarifazo en el precio del gas
Dr. Julio Moreno, Economista, para el Tribuno, 14.03.12
El increíble decreto 2.067 fue dictado por el Ejecutivo haciendo uso de las facultades delegadas por el Congreso.
Buscan reforzar los fondos que tiene que pagar el Ejecutivo por la importación de gas desde Bolivia y otros países.
En el marco de quita de subsidios a las tarifas de agua, gas y luz a usuarios de la Capital Federal y de la provincia de Buenos Aires, agravado por los anuncios de incrementos de precios de estos servicios, en provincias como Salta a los usuarios de gas se nos enciende una luz amarilla. No hay que olvidar que, como muchos otros distritos, nos sentimos discriminados por las diferencias con las entregas de mayores beneficios a residentes de otras localidades.
El procurador general de la Nación, Esteban Righi, emitió recientemente un dictamen para que la Corte Suprema de Justicia revoque la sentencia de los jueces federales de varias provincias -incluida Salta- que declararon inconstitucional la carga tarifaria del gas que pretende gravar el decreto 2.067. Actualmente, por las sucesivas apelaciones, estas actuaciones se encuentran en el máximo tribunal nacional.
El increíble decreto 2.067 fue dictado por el Poder Ejecutivo Nacional en 2008, haciendo uso de las facultades delegadas por el Congreso de la Nación. Nació por la necesidad de reforzar los fondos que tiene que pagar el Ejecutivo por la importación de gas natural desde Bolivia y otros países para cubrir el elevado consumo interno. Es que el país no produce suficiente gas, a pesar de la cantidad de reservas que tenemos sin explotar.
El decreto dice textualmente: Artículo 1- “Créase el Fondo Fiduciario para atender las importaciones de gas natural y toda aquella necesaria para complementar la inyección de gas natural que sean requeridas para satisfacer las necesidades nacionales de dicho hidrocarburo, con el fin de garantizar el abastecimiento interno y la continuidad del crecimiento del país y sus industrias”.
Según el decreto, los sujetos consumidores de gas en general (domicilios, industrias, etcétera) debían ser los que aporten a este fondo fiduciario, según lo establecía el artículo 2. Y para ser más precisos, el monto que adeuda cada usuario esta discriminado en la factura en el rubro “costo del gas importado” y “saldo pendiente costo del gas importado anterior”. El importe que allí figura actualmente no es exigible hasta que se expida la Corte de Justicia; es decir, cada usuario tiene determinado en su factura el monto que debería pagar.
De acuerdo con los primeros fallos, esta carga tarifaria es considerada un impuesto, sobre el que también se cobra el IVA y si se abona por medio de un banco incluye el impuesto a los débitos y créditos bancarios. Como está planteado, el decreto es inconstitucional, porque los impuestos deben ser creados por una ley del Congreso de la Nación y no por un decreto, como en este caso.
La ley de defensa del consumidor también fue obviada, ya que no se cumplió con el marco regulatorio de la prestación del servicio del gas en redes. Las audiencias públicas, por ejemplo, jamás se realizaron.
Reacciones en todo el país
Quiero destacar la presentación que hizo el defensor del pueblo de la Nación ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal y las acciones realizadas en más de 11 provincias, a través de las cuales se logró suspender el cobro de este “impuesto”, beneficiando así a todos los usuarios del país
La Cámara Federal dispuso que los usuarios de gas podrán seguir pagando sus facturas de acuerdo con el régimen tarifario anterior, y ordenó que no se realicen cortes en el servicio a los usuarios que no paguen las facturas que incluyan los incrementos. También exigió a las empresas distribuidoras la refacturación de las boletas y el reintegro de las sumas de dinero pagadas por los usuarios afectados.
Esta sentencia, a pesar de que constituye un valioso instrumento de defensa de los derechos de los usuarios, no se encuentra firme, ya que fue apelada por el Estado nacional.
Cómo se debe actuar
La mayoría de las empresas que proveen y cobran por este servicio han declarado que no cobrarán el monto correspondiente al costo de gas importado hasta tanto no quede firme la sentencia de primera y en otros casos de segunda instancia.
No implica que la empresa deje de facturar el importe correspondiente al decreto en cuestión y el IVA correspondiente. En muchos casos se incluye en las facturas, pero no es exigible, razón por la cual no lo cobran.
En las boletas que recibimos por el gas consumido hay un ítem que incluye el cargo y el saldo acumulado por el controvertido decreto y sus modificaciones. Estos valores son la deuda que mantendría cada consumidor si se llegara a aplicar esta norma inconstitucional.
Acciones a desarrollar
Las asociaciones que representan a los consumidores domiciliarios -como Codelco- y a sectores industriales que consumen gas, representados por la Unión Industrial de Salta, la Cámara de Comercio e Industria y la Cámara del Tabaco (cuyos asociados necesitan este insumo en sus estufas) están muy preocupadas por este tema. También lo está el defensor del pueblo, que evaluó los costos de lo que representa este impuestazo.
Es necesario alertar a todos los consumidores que utilizan en sus hogares este insumo que, de no tener éxito las acciones legales, la deuda que se generará será en muchos casos hasta impagable.
Los Gobiernos y los legisladores nacionales de las provincias afectadas por este decreto deben tomar conciencia de lo que representa esta norma, considerada un “nuevo impuesto”, que para peor grava el consumo en una economía que ya tiene síntomas de desaceleración.
El increíble decreto 2.067 fue dictado por el Ejecutivo haciendo uso de las facultades delegadas por el Congreso.
Buscan reforzar los fondos que tiene que pagar el Ejecutivo por la importación de gas desde Bolivia y otros países.
En el marco de quita de subsidios a las tarifas de agua, gas y luz a usuarios de la Capital Federal y de la provincia de Buenos Aires, agravado por los anuncios de incrementos de precios de estos servicios, en provincias como Salta a los usuarios de gas se nos enciende una luz amarilla. No hay que olvidar que, como muchos otros distritos, nos sentimos discriminados por las diferencias con las entregas de mayores beneficios a residentes de otras localidades.
El procurador general de la Nación, Esteban Righi, emitió recientemente un dictamen para que la Corte Suprema de Justicia revoque la sentencia de los jueces federales de varias provincias -incluida Salta- que declararon inconstitucional la carga tarifaria del gas que pretende gravar el decreto 2.067. Actualmente, por las sucesivas apelaciones, estas actuaciones se encuentran en el máximo tribunal nacional.
El increíble decreto 2.067 fue dictado por el Poder Ejecutivo Nacional en 2008, haciendo uso de las facultades delegadas por el Congreso de la Nación. Nació por la necesidad de reforzar los fondos que tiene que pagar el Ejecutivo por la importación de gas natural desde Bolivia y otros países para cubrir el elevado consumo interno. Es que el país no produce suficiente gas, a pesar de la cantidad de reservas que tenemos sin explotar.
El decreto dice textualmente: Artículo 1- “Créase el Fondo Fiduciario para atender las importaciones de gas natural y toda aquella necesaria para complementar la inyección de gas natural que sean requeridas para satisfacer las necesidades nacionales de dicho hidrocarburo, con el fin de garantizar el abastecimiento interno y la continuidad del crecimiento del país y sus industrias”.
Según el decreto, los sujetos consumidores de gas en general (domicilios, industrias, etcétera) debían ser los que aporten a este fondo fiduciario, según lo establecía el artículo 2. Y para ser más precisos, el monto que adeuda cada usuario esta discriminado en la factura en el rubro “costo del gas importado” y “saldo pendiente costo del gas importado anterior”. El importe que allí figura actualmente no es exigible hasta que se expida la Corte de Justicia; es decir, cada usuario tiene determinado en su factura el monto que debería pagar.
De acuerdo con los primeros fallos, esta carga tarifaria es considerada un impuesto, sobre el que también se cobra el IVA y si se abona por medio de un banco incluye el impuesto a los débitos y créditos bancarios. Como está planteado, el decreto es inconstitucional, porque los impuestos deben ser creados por una ley del Congreso de la Nación y no por un decreto, como en este caso.
La ley de defensa del consumidor también fue obviada, ya que no se cumplió con el marco regulatorio de la prestación del servicio del gas en redes. Las audiencias públicas, por ejemplo, jamás se realizaron.
Reacciones en todo el país
Quiero destacar la presentación que hizo el defensor del pueblo de la Nación ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal y las acciones realizadas en más de 11 provincias, a través de las cuales se logró suspender el cobro de este “impuesto”, beneficiando así a todos los usuarios del país
La Cámara Federal dispuso que los usuarios de gas podrán seguir pagando sus facturas de acuerdo con el régimen tarifario anterior, y ordenó que no se realicen cortes en el servicio a los usuarios que no paguen las facturas que incluyan los incrementos. También exigió a las empresas distribuidoras la refacturación de las boletas y el reintegro de las sumas de dinero pagadas por los usuarios afectados.
Esta sentencia, a pesar de que constituye un valioso instrumento de defensa de los derechos de los usuarios, no se encuentra firme, ya que fue apelada por el Estado nacional.
Cómo se debe actuar
La mayoría de las empresas que proveen y cobran por este servicio han declarado que no cobrarán el monto correspondiente al costo de gas importado hasta tanto no quede firme la sentencia de primera y en otros casos de segunda instancia.
No implica que la empresa deje de facturar el importe correspondiente al decreto en cuestión y el IVA correspondiente. En muchos casos se incluye en las facturas, pero no es exigible, razón por la cual no lo cobran.
En las boletas que recibimos por el gas consumido hay un ítem que incluye el cargo y el saldo acumulado por el controvertido decreto y sus modificaciones. Estos valores son la deuda que mantendría cada consumidor si se llegara a aplicar esta norma inconstitucional.
Acciones a desarrollar
Las asociaciones que representan a los consumidores domiciliarios -como Codelco- y a sectores industriales que consumen gas, representados por la Unión Industrial de Salta, la Cámara de Comercio e Industria y la Cámara del Tabaco (cuyos asociados necesitan este insumo en sus estufas) están muy preocupadas por este tema. También lo está el defensor del pueblo, que evaluó los costos de lo que representa este impuestazo.
Es necesario alertar a todos los consumidores que utilizan en sus hogares este insumo que, de no tener éxito las acciones legales, la deuda que se generará será en muchos casos hasta impagable.
Los Gobiernos y los legisladores nacionales de las provincias afectadas por este decreto deben tomar conciencia de lo que representa esta norma, considerada un “nuevo impuesto”, que para peor grava el consumo en una economía que ya tiene síntomas de desaceleración.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)
En plena Pandemia, ¡A reformar la Constitución se ha dicho!
Lic. Félix González Bonorino Sociólogo Nos llega la noticia de que el Gobierno Provincial ha pesentado su propuesta de modificac...
-
Dr. Ricardo Alonso, 28/mayo/2012 para El Tribuno Los volcanes emblemáticos de la alta cordillera volcánica salteña son el Llullaillaco (6....
-
Dr. Ricardo Alonso, 10/dic/2012 para El Tribuno Los problemas eran la distancia de 700 km entre las zonas ganaderas y las salitreras...
-
Dr. Ricardo Alonso, 30/jul/2012 para El Tribuno Una de las características del paisaje del norte argentino es la policromía de sus rocas...